AGRARIO: viene del latín Ager Agrarium y en consecuencia designa todo relativo al campo tiene dos acepciones una restringida y la otra amplia
acepción restringida agrario debe de ser tomado como sinónimo de reparto de tierra
acepción amplia :es descriptible relativo a la tierra tomando este vocablo como sinónimo de tierra
CONOCIMIENTO
El Derecho agrario es "el orden jurídico que rige las relaciones sociales y económicas, que surgen entre los sujetos intervinientes en la actividad agraria. La expresión Derecho Agrario implica, la conjunción de dos conceptos fundamentales: el de derecho y el de agrario. Por derecho se entiende a todo orden normativo y coactivo, tendiente a regular la conducta humana dentro del grupo social, y agrario, significa, la tierra con aptitud productiva y a toda actividad vinculada con la producción agropecuaria
Ivo Priamo Alvarenga define el derecho agrario como el conjunto de normas que regulan el ejercicio de las actividades e instituciones que son directamente complementarias, con miras a obtener en el campo la mas racional produccion y el mas alto grado posible de justicia social
aprendizaje significativo: es un derecho social derecho como combinación funcional de normas tanto publica como privada.
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