martes, 12 de noviembre de 2019

28/10/19


contrato de arrendamiento de la tierra  art 1703
definición de arrendamiento El contrato de arrendamiento o locación (locatio-conductio por su denominación originaria en latín) es un contrato por el cual existe una relación entre dos partes, mediante la cual se obligan de manera reciproca y por un tiempo determinado la cesión de un bien o servicio quedando obligada la parte que aprovecha

medianía.  

operación de la división bancaria  

art 43 

contratación de créditos relativos 
afectado del banco art 62
crédito de habitación 
contrato de servidumbre  art 89 y 93

conocimiento previo 
ara que el contrato de arrendamiento pueda existir, deberá celebrarse sobre un bien raíz o inmueble urbano, con destinación a vivienda. El precio es la cantidad que el arrendatario se comprometa a pagar al arrendador o a la persona que este designe, en contraprestación por el uso y el goce del bien.


Un contrato de arrendamiento es un acuerdo formal entre el arrendador y el arrendatario, donde el primero cede el uso y disfrute del inmueble al segundo a cambio de una renta y sujeto a una serie de condiciones legales. 


No hay comentarios.:

Publicar un comentario