martes, 1 de octubre de 2019

26/08/2019


26/08/2019

REFLEXIÓN
Conjunto de principios y valores del fuero interno que guían las interacciones de las personas hacia el vivir bien y habitar bien

SUJETO AGRARIO
Es la persona que se dedica a la actividad agraria haciendo de ella su profesión habitual y la que es parte de una relación jurídica o titular de derecho, regulado por el Derecho Agrario.
Clasificación de los sujetos Agrarios

SUJETO PÚBLICO: el sujeto agrario público es el Estado

SUJETO PRIVADO: es la persona que ejerce la actividad agraria en forma habitual; los vinculados con la actividad agraria son los agrónomos, veterinarios; puede ser a su vez de existencia física o ideal que reúnan los requisitos exigidos por la ley para ser sujetos del Derecho Agrario.

SUJETO FÍSICO: clasificado en individual (agricultor), colectivo (familia agraria, comunidades agrarias: el caso de una colonia agraria).

La Empresa agraria
Empresa agraria es la organización de capital, tierra y trabajo aplicados a una actividad agraria permanente, encarada con ánimo de lucro y en forma racional.

Como rector de la política agraria

Política agraria "Es la acción propia del poder político o de los factores de poder que consiste en la elección de los medios adecuados para influir en la estructura y actividad agraria, a fin de alcanzar un ordenamiento satisfactorio de la conducta de quienes participan o se vinculan con ella, con el propósito de lograr el desarrollo económico y el bienestar social de la comunidad. La que acepta una doble clasificación en: Política Agraria Permanente y Política Agraria de Cambio.

El sector agrario
Los recursos naturales
Relaciones del derecho agrario con otras áreas del derecho.
Con el derecho constitucional
Derecho administrativo
Con el derecho mercantil


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