26/08/2019
REFLEXIÓN
Conjunto de principios y valores del fuero interno que guían las
interacciones de las personas hacia el vivir bien y habitar bien
SUJETO AGRARIO
Es la persona que se dedica a la
actividad agraria haciendo de ella su profesión habitual y la que es parte de
una relación jurídica o titular de derecho, regulado por el Derecho Agrario.
Clasificación de los sujetos Agrarios
SUJETO PÚBLICO: el sujeto agrario público es el Estado
SUJETO PRIVADO: es la persona que ejerce la actividad agraria en
forma habitual; los vinculados con la actividad agraria son los agrónomos,
veterinarios; puede ser a su vez de existencia física o ideal que reúnan los
requisitos exigidos por la ley para ser sujetos del Derecho Agrario.
SUJETO FÍSICO: clasificado en individual (agricultor), colectivo
(familia agraria, comunidades agrarias: el caso de una colonia agraria).
La Empresa agraria
Empresa agraria es la
organización de capital, tierra y trabajo aplicados a una actividad agraria
permanente, encarada con ánimo de lucro y en forma racional.
Como rector de la política agraria
Política agraria "Es la
acción propia del poder político o de los factores de poder que consiste en la
elección de los medios adecuados para influir en la estructura y actividad
agraria, a fin de alcanzar un ordenamiento satisfactorio de la conducta de
quienes participan o se vinculan con ella, con el propósito de lograr el
desarrollo económico y el bienestar social de la comunidad. La que acepta una
doble clasificación en: Política Agraria Permanente y Política Agraria de
Cambio.
El sector agrario
Los recursos naturales
Relaciones del derecho agrario con otras áreas del derecho.
Con el derecho constitucional
Derecho administrativo
Con el derecho mercantil
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